El Consejo de Ministros ha aprobado un Real
Decreto Ley por el que se transponen al ordenamiento jurídico español varias
Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero, mercantil y
sanitario, y sobre el desplazamiento de trabajadores
Este
Real Decreto modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil, del 7 de enero de 2000,
con los siguientes fines y novedades:
Consecución de una mejor tutela de los
derechos de los justiciables en el campo
del Derecho de la competencia, de manera que tengan conocimiento de los
elementos que les servirán para fundamentar su demanda.
Regulación de los requisitos para solicitar del tribunal una medida de
acceso a fuentes de prueba y un
elenco ejemplificativo de posibles medidas.
Las medidas de acceso a fuentes de prueba podrán solicitarse antes
de la incoación del proceso, en la demanda o durante la pendencia del proceso.
Se regulan las consecuencias de la obstrucción a su práctica, siempre moduladas
por el principio de proporcionalidad, así como las consecuencias de la violación de la confidencialidad.
Acceso a fuentes de prueba que se
encuentren en poder de las Administraciones Públicas y entidades de derecho
público. Para este último caso se prevé la imposibilidad de acceso a
documentación o material de carácter reservado o secreto.
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