El Congreso de los Diputados
aprobó el día 16 la Ley de Fomento de la financiación empresarial, quedando
pendiente de su publicación definitiva en el Boletín Oficial del Estado.
El objetivo de esta Ley es
mejorar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a la financiación,
flexibilizando el acceso al crédito, tanto bancario como el que circula por
vías alternativas. Para este fin la norma recoge, por ejemplo, la
obligatoriedad de que las entidades de crédito avisen con al menos tres meses
de antelación a las PYMES si van a reducir o cancelar su financiación, para que
las empresas tengan tiempo para buscar nuevas fuentes de financiación, o para
ajustar su gestión de tesorería, de forma que tal interrupción o reducción de
la fuente de crédito no genere problemas de liquidez que dificulten o incluso
imposibiliten cualquier reajuste.
Junto con el aviso, las PYMES
podrán reclamar a la entidad crediticia información sobre su posición
financiera, historial de pagos, extracto, o su calificación crediticia, de
manera que la empresa podrá iniciar la búsqueda de fuentes alternativas de
financiación con mayor facilidad, haciendo el uso que mejor corresponda de su
información financiera.
La norma también incluye la
regulación de las plataformas de financiación participativa, que a través de
internet promueven el micromecenazgo o "crowfunding" con el
objetivo, según recoge la norma, de garantizar, de manera equilibrada, la
correcta protección de los inversores y de impulsar, al mismo tiempo, esta
herramienta de financiación directa de proyectos empresariales. Regulará
exclusivamente los proyectos de financiación participativa que busquen un
rendimiento dinerario derivado de la financiación empresarial, y estarán
supervisados por la
Comisión Nacional del Mercado de Valores y por el Banco de
España.
Las plataformas de "crowfunding"
deberán someterse a una auditoría anual y publicar una memoria de actividades.
Además, se limita a 2 millones de euros el importe que una empresa puede pedir
a través de estas plataformas, distinguiéndose dos tipos de inversores
(acreditados y no acreditados) y estableciéndose unos requisitos de información
a quienes quieran aportar dinero.
La Ley de Fomento de la Financiación Empresarial
también busca potenciar el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), facilitando
que las empresas cuyo desarrollo y crecimiento lo requiera pasen a
cotizar en la Bolsa, para lo que se elimina por dos años la exigencia de la
declaración intermedia de gestión. En este apartado también se establece que
las empresas que coticen en el MAB y superen un umbral de capitalización de 500
millones de euros deberán solicitar la admisión a negociación en un mercado
regulado. Por último, se establecen mayores controles al MAB por parte de la
CNMV.
Otro de los pilares de la ley es
la regulación de los establecimientos financieros de crédito (EFC), que a partir
de ahora pasarán a estar sujetos a los baremos de supervisión y solvencia
aplicables a los bancos.
Por último, la norma modifica el
régimen jurídico de las titulizaciones con el objetivo de simplificarlas y
hacerlas más transparentes y establece un régimen sancionador específico
para las infracciones administrativas en el ámbito comercial
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